El Código de Planeamiento Urbano -CPU Ley N° 449- de la Ciudad de Buenos Aires, establece en su ítem 3.1.2: Proporción de terreno destinado a uso y utilidad pública:
“En el parcelamiento de tierras del Estado Nacional sujetas a privatización o desafectadas del dominio o de un servicio público se destinará como mínimo el 65% de la superficie total para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la Ciudad”.
Tal es el caso de los terrenos pertenecientes a un sector de la ex playa ferroviaria de Palermo donde la empresa IRSA está construyendo el shopping aparentemente denominado "Arcos".
Días pasados, después de haberse paralizado las obras por aproximadamente un mes a raíz de un amparo presentado por vecinos, legisladores y ex legisladores que objetaban la legalidad del "emprendimiento", el juez de la causa dictaminó que la obra podía seguir porque el GCBA había presentado la documentación correspondiente y estaba todo "legal".
Ahora bien, como podemos ver en el ítem del CPU que encabeza este correo, el 65% del predio debería destinarse "para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la Ciudad".
Sobre un predio de 35.000 m2, como es éste, el 65% equivale a 22.750 m2 (más de dos hectáreas), que deberían tener ese destino.
Las fotografías adjuntas -tomadas el 16 de noviembre de 2013- ilustran como será el acceso al predio destinado a uso y utilidad pública y transferido a la ciudad.
Los portones que se están terminando de instalar muestran como se cerrará el "espacio público" cuando la empresa así lo determine.
Por otra parte, la superficie que quedará "libre", varía según la fuente de información que tomemos (todas "oficiales"):
- según cartel de obra (dic 2011 hasta la actualidad): 13.814,42 m2
- según planos registrados DGROC (sept 2012): 17.259,74 m2
- espacio público a ceder, según Ley 4.477 (febr. 2013): 23.319,00 m2
Demasiado grosero todo esto, no?
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VER: archivo completo con la historia del predio y de la obra: PlayaPalermo Ley4477 IRSA c.pdf
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