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AALP 25 Años - Integrantes de la Asociación Amigos del Lago de Palermo

Plaza Pakistán – Fruto de Nuestros reclamos

plaza pakistán

Como muestran la fotografías tomadas el miércoles 1/12010 a las 10:45 hs., fueron desarmadas las 4 canchas de tenis que durante 18 años usó el Buenos Aires Lawn Tennis Club en forma irregular, ocupando casi 5.000 m2 de la Plaza Pakistán - del Parque 3 de Febrero.
Las fotos documentan los momentos en que se está retirando el polvo de ladrillo.

El Gobierno de la Ciudad resolvió finalmente, la liberación de este espacio verde público que, fundamentalmente desde la AALP, pero también desde otros ámbitos como la Legislatura de la Ciudad, la Justicia, los medios de prensa (CQC) y la opinión pública en general, se venía reclamando desde hace largo tiempo.
Este predio en cuestión, había sido cedido en 1982 por un plazo de 10 años al BALTC. Debió haber sido desalojado en ese momento o, a más tardar en 1993, cuando se aprobó en la ciudad una ordenanza -la 46.229- por la cual debían proceder a su desocupación inmediata.
En ese momento, el club no dio cumplimiento a lo dispuesto en la ordenanza de desalojo, extendiendo su permanencia merced a la suscripción de convenios irregulares con diversos funcionarios de los sucesivos gobiernos .

 plaza pak1 plaza pak2

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PROYECTO DE LEY : “Emergencia Ambiental y Patrimonial del Parque 3 de Febrero"

Transcribimos a continuación el temario de la reunión de la Comisión de Ecología de la Legislatura de la Ciudad del 31/05/2010 donde destacamos el comienzo del tratamiento del proyecto de ley -iniciativa de Amigos del Lago de Palermo- de declaración de la "emergencia ambiental y patrimonial del Parque 3 de Febrero".

Nota: adjuntamos archivo con el texto del proyecto de ley.

La reunión de comisión es abierta y puede participar cualquier persona interesada.

Los vecinos y sus asociaciones representativas tienen la primera media hora para expresarse libremente acerca de cualquiera de los temas en tratamiento.

COMISION DE ECOLOGIA

ORDEN DEL DIA

Reunión de Asesores

Lunes 31 de mayo 2010 - 14-00 horas - Salón Jauretche

  • 2670-D-09

2do. Antecedente Resp. del Ejecutivo

Dip. Pedreira

Solicitar traslado Centro Clasificación Residuos en Av. Montes de Oca, Osvaldo Cruz y las calles Río IV y Herrera.

  • 117-D-10

Dip. Sánchez Andía

Proy. de Ley

Establézcase en 35 mts. el ancho del Camino de Sirga del contorno ribereño de la Ciudad, según art. 2639 y 2640

  • 167-D-10

Dip. R Sánchez Andía, Adrián Camps

Proy. de Ley

Declárase la emergencia ambiental y patrimonial del Parque 3 de Febrero

· 287-D-2010

Dip. De Andreis

Proy. de Ley

Promuévase una gestión forestal ambientalmente sustentable mediante la compra de materiales derivados del papel y madera a proveedores con certificado de "FSC"

· 1119-D-10

Dip. Montes

Proy. de Resolución

Informes sobre contaminación acústica de ruidos molestos de locales de baile, restaurantes y bares.

· 1230-D-10

Dip. Bisutti, Camps, Lubertino, Nenna y Selser

Proy. de Resolución

Informes sobre diversas cuestiones relacionadas al Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires

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PROYECTO DE LEY "Declaración de Emergencia Ambiental y Patrimonial del Parque 3 de Febrero"

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PROYECTO DE LEY

"Declaración de Emergencia Ambiental y Patrimonial del Parque 3 de Febrero"

Artículo 1°.- Declaración de Emergencia Ambiental y Patrimonial

Declarase por el término de cuatro (4) años la emergencia ambiental y patrimonial del Parque 3 de Febrero, delimitado por Av. del Libertador, calles Virrey del Pino, Migueletes y La Pampa, Av. Leopoldo Lugones, vías del Ferrocarril Gral. Belgrano y Av. Intendente Casares, para asegurar su preservación en los términos del artículo 41 de la Constitución Nacional y de los artículos 26 y 27 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°.- Acciones prioritarias

El Poder Ejecutivo, en virtud de la declaración de emergencia que establece el artículo 1° de la presente ley, deberá realizar, en un plazo no mayor a 180 días de promulgada la presente:

a) un relevamiento integral de las superficies involucradas, determinándose su pertenencia a calles y avenidas, superficies parquizadas de libre acceso o de acceso restringido. Esto incluye lo ocupado por instituciones, concesionarios, permisionarios u ocupantes por cualquier causa de alguna de sus fracciones,

b) un inventario detallado de todo lo construido, o de alguna manera adherido al suelo, identificándose claramente las características, estado de conservación y ubicación precisa de cada uno de los objetos, inmuebles o cosas inventariadas, incluyendo a las áreas ocupadas o de acceso retringiendo,

c) un registro de la nomenclatura catastral y el nombre oficial o extraoficial de las plazas que lo componen,

d) un relevamiento integral de la flora que integra su paisaje,

e) un relevamiento integral de la fauna que habita sus lagos y bosques, y

f) un estudio integral del estado de las aguas de los diferentes reservorios integrantes del Parque.

Art. 3º.- Revisión Pública.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2º de la presente ley, en un plazo no mayor a los noventa (90) días de promulgada la presente ley, el Poder Ejecutivo revisará y realizará un listado público de la totalidad de las concesiones, permisos de uso, tenencias precarias y cualquier otra forma de ocupación existentes en la totalidad del espacio que forma parte del Parque 3 de Febrero. Las que se encuentren en condiciones de rescisión, tanto por vencimiento de los contratos como por incumplimiento de ellos, se rescindirán y se procederá a su desalojo administrativo. Dicha revisión tendrá carácter público y se facilitará el acceso a toda la información recopilada a través del portal electrónico de la Ciudad.

Art. 4º.- Control.

El Poder Ejecutivo deberá elaborar un informe de carácter público respecto a las acciones y conclusiones realizadas como consecuencia de la aplicación de las obligaciones previstas en la presente ley, el que será remitido a la Legislatura para su conocimiento.

Art. 5º.- Creación del Consejo Asesor Honorario.

Crease el Consejo Asesor Honorario como organismo consultivo y honorario con el objeto de aconsejar y asesorar sobre las acciones a realizar para el cumplimiento de la presente ley.

Art. 6º.- Funciones del Consejo Asesor Honorario.

Son funciones del Consejo Asesor:

a) Proponer o recomendar prioridades de acciones para cumplimentar lo dispuesto en el artículo 2º y 3º de la presente ley.

b) Contribuir a la formulación de un Plan de Manejo del Parque 3 de Febrero.

c) Efectuar el seguimiento y controlar el cumplimiento de la correcta aplicación de las previsiones establecidas en la presente ley.

d) Proponer a la autoridad de aplicación, cuando lo crea pertinente, la convocatoria a audiencia pública según lo dispuesto por el artículo 9º de la ley 6.

e) Generar espacios abiertos de discusión, eventos y toda otra forma de participación directa para debatir y elaborar propuestas sobre acciones y obras relacionadas con la presente ley.

f) Promover políticas de comunicación ciudadana, de acceso a la información y de participación vecinal sobre el funcionamiento de la presente ley.

g) Elaborar conjuntamente con la autoridad de aplicación las normas de su funcionamiento interno en consonancia con la presente ley.

Art. 7º.- Integración del Consejo Asesor Honorario.

Será coordinado por la autoridad de aplicación designada por el Poder Ejecutivo e integrada por representantes:

a) del Poder Ejecutivo de las áreas de espacio público, ambiente, espacios verdes, concesiones, planeamiento y obras públicas,

b) de la Legislatura designados a instancia de los bloques legislativos,

c) de asociaciones vecinales y ambientalistas y especialistas en las diversas materias atinentes.

El Consejo Asesor deberá ser convocado públicamente por el Poder Ejecutivo de la Ciudad dentro de los veinte (20) días posteriores a la sanción de la presente ley y constituirse dentro de los cuarenta (40) días posteriores a la sanción de la presente ley. Los integrantes de este Consejo no podrán percibir retribución o emolumento alguno por integrar este órgano.

Art. 8º.- Tratamiento obligatorio.

Las recomendaciones o propuestas emanadas del Consejo Asesor Honorario son de consideración obligatoria por la autoridad de aplicación designada por el Poder Ejecutivo, quien deberá explicitar de qué manera las ha tomado en cuenta y, en su caso, las razones por las cuales las desestima.

Art. 9º.- Información

La totalidad de la información relacionada con la presente ley será considerada información ambiental en los términos de la ley 303.-

Art. 10º - Comuníquese, etc.


FUNDAMENTOS

Sr. Presidente

El 11 de noviembre de 1875 el Presidente Nicolás Avellaneda plantó una magnolia americana dejando inaugurado el Parque 3 de Febrero. Había sido creado por la Ley Nº 658 del año 1874, sancionada bajo la presidencia de Sarmiento.

Así fueron ocupadas parte de las tierras que le fueran confiscadas al Gobernador Juan Manuel de Rosas después de su derrota en Caseros, precisamente un 3 de febrero de 1852.

El proyecto de parquización de estas aproximadamente 200 hectáreas originales se debe al Teniente Coronel de Ingenieros de origen polaco, Jordan Czeslaw Wysocki.

El 17 de julio de 1874, el entonces presidente Sarmiento, suscribió el Decreto por el cual se nombró una Comisión Auxiliar del Parque 3 de Febrero, dedicada a administrar el Parque.

En 1896 el Parque 3 de Febrero es ampliado tomando nuevamente terrenos que habían sido propiedad del ex Gobernador, duplicándose su superficie. En esta realización interviene el gran paisajista francés Charles Thays, a cargo entonces de la Dirección de Paseos Públicos de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

En las primeras décadas del siglo XX, el Parque 3 de Febrero, Palermo como siempre se lo llamó, es un modelo en su género y el más importante del país. La población de la ciudad se había decuplicado con relación a 1875. La superficie del Parque solo se duplicó, pero mantuvo prácticamente intacta la cantidad de hectáreas libres que al momento de su fundación.

A medida que el Parque 3 de Febrero se amplía y es rodeado por la urbanización, se comienzan a ceder tierras públicas en forma gratuita a instituciones y emprendimientos comerciales de todo tipo. Con el correr de los años podemos "admirar" en sus adyacencias y en su propio territorio diversas obras inconcebibles en otros parques del mundo: clubes, embajadas, estaciones de servicio, exposiciones, colegios, venta de automóviles, complejos habitacionales, confiterías, un canal de televisión, restaurantes, discotecas, etc.

El Parque pierde, junto con sus complementaciones hacia el sur y hacia el norte, la unidad paisajística con que había sido proyectado y se convierte en una serie de espacios residuales entre ocupaciones territoriales de diverso tipo.

LEGISLACIÓN VIGENTE

Si bien la legislación protectora sobre el Parque es abundante (dentro del Código de Planeamiento Urbano UP y APH, y hasta una Ley Nacional específica), las distintas administraciones municipales se han encargado de no hacerla cumplir. Han otorgado de hecho, una suerte de "patente de corso" a sus amigos (y a los amigos de sus amigos) para lucrar con la tierra y con el paisaje.

Esto ha dado lugar a la desnaturalización del mayor y mejor espacio verde de la ciudad y modelo para otros del país.

USOS

El uso de este singular bosque urbano ha ido cambiando con los tiempos. De paseo aristocrático hasta principios del siglo XX, hoy se ha convertido en un gigantesco gimnasio gratuito al aire libre que es recorrido diariamente por cientos de aerobistas, atletas, gimnastas, ciclistas y caminantes que lo han hecho su lugar habitual de concurrencia.

Es usado en forma masiva por las la población (no sólo porteña) que ven en él su propio jardín o el patio perdido bajo el hormigón y el asfalto urbano.

ESTADO ACTUAL

Desde hace aproximadamente cincuenta años (50), el Parque 3 de Febrero es gestionado por funcionarios designados arbitrariamente que no han contado con los conocimientos necesarios para ejercer tamaña responsabilidad. Cada Director de Paseos, cada Director de Espacios Verdes, cada Secretario del área, como así cada Ministro designado como responsable, comienza a adquirir elementales conocimientos acerca de su existencia, cuando son nombrados; al poco tiempo ese funcionario desaparece y es nombrado otro. La rueda del tiempo sigue girando y el Parque 3 de Febrero, el más antiguo e importante de la Argentina, el de mayor valor patrimonial paisajístico, va sufriendo deterioros irreversibles

En abril de 2006 el Poder Ejecutivo creó por Decreto Nº 350 -dentro del Ministerio de Medio Ambiente- el Organismo Fuera de Nivel "Parque 3 de Febrero" y nombró un responsable del mismo con rango de Director General. A partir de 2008, dicho Organismo Fuera de Nivel depende del Director Gral de Espacios Verdes con el rango de Dirección. En 2009 desaparece el Organismo Fuera de Nivel y el administrador pasa a depender directamente, como tal, de la DGEV.

Lo cierto es que el Parque 3 de Febrero, el más importante de la ciudad:

1. No cuenta con datos fidedignos en ninguno de los ítems que enumera este proyecto en los incisos a) a f) de su artículo 2º, a saber: superficie total y desagregado de los diversos tipos de ocupaciones; inventario de lo adherido al suelo; nombres de sus plazas y nomenclatura catastral (hay errores y omisiones en su señalización actual); cantidad y calidad de su patrimonio paisajístico, arquitectónico y escultórico; características de su abundante fauna silvestre, siendo como es, el ecosistema de mayor biodiversidad de la Ciudad luego de la Reserva Ecológica Costanera Sur; además, los funcionarios de los sucesivos Gobiernos de la Ciudad, desconocen las características legales de la ocupación y uso de sus tierras, comenzando una nueva tarea de recopilación de datos cada vez que interviene la justicia o se denuncia una actividad u ocupación ilegal.

2. Sigue sufriendo un deterioro patrimonial más que evidente, sobre todo en sus valiosas obras de arquitectura, como son: la ex usina (actual Monumentos y Obras de Arte); ex lactario, denominado también “el tambito”, ex “casa joven”; casa de guardianes, cercana a la Av del Libertador y Av Infanta Isabel. También se observa la más elemental falta de cuidado de los cercos perimetrales de muchas de sus plazas; de sus superficies parquizadas, de su arbolado (sin ningún tipo de asistencia fitosanitaria).

Además de lo anteriormente nombrado:

a) no se cumple con las leyes emanadas de esta Legislatura, como ser:

a.1) Ley Nº 1.917 - Bosque en homenaje a los chicos de Cromagnon.

a.2) Ley Nº 2.366 - Paseo Marcela Brenda Iglesias.

a.3) Ley Nº 2.728 - Plaza de la Shoá.

b) se permite la ocupación ilegal de tierras por parte de:

Buenos Aires Lawn Tennis Club / Club Alemán de Equitación / Club de Amigos / Fuerza Aérea Argentina / Club de Gimnasia y Esgrima / Vilas Club.

c) se permite la existencia de una abundante cartelería publicitaria ilegal en las calles interiores del parque y dentro de predios ocupados.

d) no se retiran las especies plantadas en forma indiscriminada por la anterior y la actual administración de la ciudad, que destruyeron el paisaje original creado por Thays en varias plazas del parque.

e) se vetó la Ley Nº 2.583 -aprobada por unanimidad en esta Legislatura el 6 de diciembre de 2007- que nombra un administrador/director por concurso público; crea el Consejo Asesor del Parque 3 de Febrero, compuesto por usuarios, asociaciones vecinales y especialistas y forma Comisiones Temáticas que trabajan en la elaboración de un Plan de Manejo.

Así, se volvió a dejar al Parque 3 de Febrero en la indefensión.

Por todo lo antedicho, ruego a Uds. su pronto tratamiento y aprobación.

Este proyecto fue presentado como Exp Nº 2822-D-2008.

Parque 3 de febrero - maratones y canchas de tenis ocupando plazas para publicidad

Buenos Aires, noviembre 16 de 2010

Nº de Registro 1401315-SSDEP-2010, recibido el 17 de noviembre de 2010

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Subsecretaría de Deporte de la Ciudad

Sr Subsecretario

Francisco Irarrazaval

Ref. Solicitud de entrevista.

Parque 3 de Febrero - Usos irregulares del espacio verde público

De nuestra mayor consideración:

No s dirigimos a Ud en virtud de haber tomado conocimiento que desde esa Subsecretaría se emitirían autorizaciones para realizar maratones –implicando la ocupación de espacios verdes públicos y un inusual despliegue publicitario- y para la ocupación de predios públicos con playas de estacionamiento, como sería el caso de la ocupación de un sector del ex Velódromo Municipal.

También se estaría estudiando desde esa subsecretaría un convenio con el Buenos Aires Lawn Tennis Club para la continuación de la ocupación de un sector de la Plaza Pakistán; todo ello en el Parque 3 de Febrero, primer parque público argentino y el más importante del país.

Es nuestra intención recordar al Sr Subsecretario, que el Parque 3 de Febrero goza de legislación de protección plenamente vigente, la que expresamente invocamos:

- Ley CABA Nº 449, Código de Planeamiento Urbano, determina:

5.4.10 Distritos Urbanización Parque - UP

Carácter: Corresponden a zonas destinadas a espacios verdes o parquizados de uso público.

Delimitación: Según plano de zonificación.

Disposiciones particulares: De estos distritos, el Gobierno de la Ciudad podrá autorizar obras de exclusiva utilidad pública que complementen y no alteren el carácter de los mismos.

Nota: todo el Parque 3 de Febrero está incluido en el CPU como Distrito Urbanización Parque.

- Ordenanza Municipal Nº 46.229 (BM Nº 19.504 del 31/3/93). Concesiones en espacios verdes, fija que: Art.1 - A partir de la promulgación de la presente no se podrá otorgar concesión, cesión, transferencia de dominio, tenencia precaria, permiso de uso ni cambio de destino de todo espacio destinado a parque, plazas, plazoletas y de todo otro espacio verde de uso público, se encuentre parquizado, jardinizado o no, perteneciente al dominio público municipal.

- Ley CABA Nº 2936 - Publicidad exterior. BOCBA Nº 3086 del 30/12/2008 / BOCBA N° 3092 del 09/01/2009 / BOCBA Nº 3248 del 01/09/2009 / BOCBA Nº 3332 del 04/01/2010.

13.2. Quedan prohibidos los elementos publicitarios en los lugares que se indican a continuación:

a. Fuentes, estatuas, monumentos y otras expresiones artísticas, templos y edificios públicos. A los efectos de la prohibición establecida en el presente inciso quedan comprendidas las aceras perimetrales.

b. Plazoletas, parques, paseos, boulevares y terrenos públicos, sin perjuicio de lo normado en la presente. A los efectos de la prohibición establecida en este inciso quedan comprendidas las aceras perimetrales.

p. La instalación de carteles y todo tipo de publicidad institucional, comercial y política en parques, plazas y espacios verdes públicos, salvo las que están sujetas al sistema de padrinazgo …

En conclusión:

En el Parque 3 de Febrero está prohibido hacer publicidad de cualquier tipo y entregar una porción de sus tierras bajo cualquier figura jurídica.

Sin más por el momento y aguardando nos brinde una entrevista para charlar sobre estos temas, lo saludan atte.

Lic Gerardo Schiopetto                                                  Secretario                                                                                   

Arq Carlos José Liut                                                       Vicepresidente

Arq Osvaldo Guerrica Echevarría                                                  Presidente

 

c/c MAyEP

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11/11/2010: 135 años del Parque 3 de Febrero / el peor vandalismo: el institucional


Carta Abierta al Jefe de Gobierno

y a los funcionarios con competencia en el

Parque 3 de Febrero

1875 – 11 de noviembre – 2010

A 135 años de su inauguración,

el peor vandalismo: el institucional.

No necesitamos estrategias de marketing político; necesitamos políticas ambientales serias para su recuperación, funcionarios capaces y partidas presupuestarias acordes a las necesidades.

Resulta reiterativa la afirmación que el Parque 3 de Febrero –los bosques de Palermo- fue el primer parque público argentino y aún hoy sigue siendo el más importante.

Su riquísimo patrimonio arquitectónico y paisajístico forma parte fundacional del patrimonio cultural argentino. Esto es sabido desde hace ya muchos años por el conjunto de la población, no sólo porteña, sino del resto del país y con gran reconocimiento en el exterior.

A su vez, la protección normativa lograda en los últimos veinte años, le da una aparente cobertura contra los malos usos y el despojo de su territorio.

Nada de lo anteriormente dicho ha resultado un obstáculo para que las tres últimas administraciones de la ciudad (incluida la actual), hayan abandonado su mantenimiento y dado rienda suelta a verdaderas “patentes de corso” otorgadas a clubes, empresas y concesionarios varios que violan diariamente la legislación protectora vigente.

En virtud de este desastre de gestión y después de innumerables y reiteradas reuniones con funcionarios de todo tipo, ante la imposibilidad de elaborar un imprescindible Plan de Manejo, ante la reiteración de situaciones irregulares y de violación sistemática (y siempre novedosa) de toda la legislación vigente, esta Asociación solicitó días pasados la renuncia del Director del Parque 3 de Febrero y del Director Gral de Espacios Verdes a quienes considera responsables en primera instancia de la situación existente.

A pesar de esto y como si nada de lo anteriormente descripto estuviera sucediendo, hemos recibido una invitación del Programa Construcción Ciudadana, dependiente de la Secretaria de Inclusión y Derechos Humanos, dependiente a su vez de la Jefatura de Gabinete de Ministros para que, en celebración del aniversario de la inauguración del Parque 3 de Febrero, firmemos un “compromiso no vinculante” para plasmar en un documento firmado por todos los participantes, la generación de una construcción ciudadana que se traduzca en una comunidad más responsable, respetuosa, inclusiva y solidaria del espacio público y el ambiente en general…Aplicar estrategias y mecanismos creativos para la transformación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, potenciando la capacidad reflexiva y formativa de todos los participantes. Para ello la Secretaría de Inclusión y Derechos Humanos pone a disposición de los vecinos una página en facebook especialmente diseñada para fomentar la participación ciudadana y el diálogo comunitario”.

Todo eso con el objeto de proponer la remoción de grafitis, la puesta en valor de bancos y reforzar la limpieza general de la plaza Holanda”.

Cualquiera que conozca la situación real del Parque puede suponer que esto es una broma, pero no lo es.

Se nos ocurre que la agencia publicitaria que pergeñó esta iniciativa debió haber previsto, para complementarla, una reforma constitucional que incorpore a Facebook como herramienta “participativa” y la sustitución de la palabra habitante/ciudadano por la de “fan”.

Nada más alejado de la realidad que una agencia de publicidad devenida en organismo oficial.

Esta agencia de publicidad oficial tendría que explicar, por ejemplo, por qué el Ministro de Ambiente y Espacio Público no cumplirá el próximo 11 de noviembre, con el “compromiso” asumido ante las cámaras del programa CQC de levantar cercos e instalaciones de los clubes Bs As Lawn Tennis y de Gimnasia y Esgrima, que ocupan ilegalmente más de 20.000 m2 de parque público sobre dos plazas del Parque 3 de Febrero.

Pero no estamos para bromas, la situación real del Parque 3 de Febrero se expresa en las siguientes situaciones consolidadas durante la actual administración:

1. Invasión de sectores parquizados públicos para usos lucrativos privados:

1.a. Club de Gimnasia y Esgrima: hace uso irrestricto de 15.000 m2 de la Plaza Parque Olímpico para dedicarlos a deportes hípicos de su sede San Martín.

1.b. Club de Gimnasia y Esgrima: hace uso irrestricto de 30.000 m2 de Plaza Haití como apoyo logístico (estacionamiento, etc.) de recitales realizados en su sede J Newbery.

1.c. Buenos Aires Lawn Tennis Club: hace uso irrestricto de 5.000 m2 de Plaza Pakistán sobre los que construyó cuatro canchas de tenis; debieron haber sido desalojadas y el predio recuperado como plaza en 1993.

1.d. Empresa Panter: controla ilegalmente un predio de 20.000 m2 que debería ser la Plaza de la Shoá. A pesar de la ley Nº 2728 aprobada en 2008, el Gobierno de la Ciudad no la cumple debido a presiones de dicha empresa para erigir un ilegal paseo de compras en el lugar. Similar situación se vive con el contiguo Paseo Marcela Iglesias (Ley Nº 2.366 de 2007), sin concretar por los mismos motivos.

1.e. El GCBA autoriza maratones cuyos organizadores actúan libremente y sin ningún control ocupando espacio público (plazas del parque) y violando toda la normativa existente en cuanto a estacionamiento sobre los mismos, publicidad y ocupación.

2. Sectores inutilizados e invadidos:

Ex Velódromo Municipal: hace más de veinte (20) años que el viejo Velódromo está desactivado y abandonado. Desde hace tres años estamos solicitando la parquización del sector no construido y el acceso público irrestricto a esa nueva plaza generada. Entretanto, el GCBA permite que el predio sea usado en forma irregular por la empresa Mantelectric y como depósito de autos abandonados, mientras el Club CUBA tomó un importante sector como playa de estacionamiento de sus socios.

3. Permisos irregulares:

Edificio playa de estacionamiento Gigena (sobre Av. Dorrego, frente al Hipódromo Argentino de Palermo). Por Decreto 1993/07, el ex Jefe de Gobierno Jorge Telerman entregó a "Hipódromo Argentino de Palermo SA" (HAPSA) dicho predio por cinco (5) años a titulo gratuito, para uso exclusivo de los concurrentes a las máquinas tragamonedas. Violó así la Ley Nacional Nº 24.257 y la OM Nº 46.229, que impiden entregar sectores del Parque 3 de Febrero bajo cualquier figura jurídica. En la actualidad, después de haber simulado solicitar el desalojo administrativo, la situación sigue en idéntica forma.

4. Ocupaciones irregulares del bajo viaducto ferroviario:

Cinco locales comerciales ocupan arcos del bajo viaducto ferroviario como intrusos legalizados: Crobar, Bom Fim, Guindado, Roxy, Chic y Gráfica Tres. A su vez, el boliche Guindado ocupa otros cinco arcos en forma exclusiva para estacionamiento de sus clientes. Demás está decir que ninguno de los locales mencionados cuenta con habilitación para su funcionamiento, ya que el Código de Planeamiento Urbano lo impide.

5. Mantenimiento 0 (cero)

Desde hace muchos años -aún desde antes del inicio de la actual gestión- el Parque 3 de Febrero goza de un raro “privilegio”: tiene mantenimiento 0 (cero); es decir, no se gasta en su mantenimiento ni en mejoras, sólo se corta el césped y se retira la basura depositada sobre su superficie.

El Parque 3 de Febrero no tiene presupuesto ni autoridades con facultades como para implementar mejoras o simplemente mantener en estado mínimamente aceptable su incalculable patrimonio. Baste citar como ejemplo que los portones que cortan el tránsito los fines de semana en las calle aledañas al Lago de Regatas, fueron retirados hace tres años para su reparación y todavía no fueron devueltos a su lugar; similar es la situación con respecto a la ausencia de baños públicos y la reposición de los “tocones” que protegen los sectores parquizados: no se realiza.

En síntesis:

- aproximadamente 100.000 m2 (10 has) de parque y lugares públicos ocupados ilegalmente;

- estado de semiabandono, sin mantenimiento y con dudosas iniciativas oficiales de mejoras.

- abundante cartelería publicitaria también ilegal;

- destrucción del paisaje por tala o por plantación indiscriminada de especies arbóreas, a cargo del Gobierno de la Ciudad;

- persistente incumplimiento de la normativa de protección.

Esta administración, en sus tres (3) años de mandato, ha declarado su incapacidad para gestionar este espacio público.

¿Vendrá otra peor?

Nosotros seguiremos peleando por la continuidad de la existencia y el mejoramiento de este parque con las únicas armas que tenemos: la opinión pública y la justicia.

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23-24oct2010 - Banco de Galicia “ocupa” la Plaza República de Ecuador (1)

Banco de Galicia "ocupa" la Plaza República de Ecuador, en el Parque 3 de Febrero, bajo total descontrol del Gobierno de la Ciudad.

Galicia okupa 1 galicia okupa3 

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"El Gobierno de la Ciudad es incapaz de manejar un espacio público ..."

El gobierno de la ciudad es incapaz de manejar un espacio público de la envergadura del Parque 3 de Febrero. Por eso, el abandono generalizado. Esos arcos del bajoviaducto deberían ser ocupados por estaciones de gimnasia, juegos para niños, lugares donde se informe y promocione turísticamente el parque. También podría haber un museo. La zona está catalogada como urbanización parque (UP), por tanto no está permitido su uso comercial. Los locales que antes funcionaban bajo los arcos ferroviarios no tenían la habilitación del gobierno porteño", dijo Osvaldo Guerrica Echevarría, presidente de la Asociación Amigos del Lago de Palermo.

http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1318087enviá tu comentario

En Palermo / La decadencia de un enclave estratégico

El ex Paseo de la Infanta, en el olvido

Pastos crecidos, ratas, locales abandonados y usurpadores son la actual postal de una zona que nadie recupera

Domingo 24 de octubre de 2010 Publicado en edición impresa

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El ex Paseo de la Infanta, en el olvido

Los arcos bajo las vías del tren están completamente abandonados.Ver mas fotos

Pablo Tomino
LA NACION

El ex Paseo de la Infanta, en Palermo, acumula seis años de abandono: el pasto crece sin control entre los centenarios ladrillos que conforman los diez arcos del puente bajo el Ferrocarril General San Martín y las ratas hicieron de él su morada. Ya nada queda de los bares, restaurantes y juegos para niños que hace menos de una década eran deleite de vecinos y visitantes. VER NOTA COMPLETA

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